Preguntas Frecuentes

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 ¿Cómo afecta a clientes libres la aplicación del Decreto 10T-2020 del Ministerio de Energía donde se define la Hora Punta?

Conforme a lo estipulado en los contratos y a lo establecido en el Decreto 10T-2020, las demandas máximas de potencia que se registren durante los meses de agosto y septiembre serán consideradas como fuera de horas de punta.Ver decreto aquí.

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 ¿Cómo me afecta la aplicación del Decreto 2T-2020 del Ministerio de Energía donde se define la Hora de Punta?

Las demandas de abril y mayo serán consideradas como fueras de punta, por lo tanto, la facturación se realizará manteniendo el cobro considerando los 52 registros de la ventana de 12 meses que contengan HP. Ver decreto aquí.

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 ¿Qué diferencia hay entre cliente libre CGE y cliente de peaje CGE?

Según la Normativa vigente ambos son clientes libres, pero para CGE, Cliente libre CGE es el que ha contratado su suministro eléctrico con CGE, mientras que el cliente de peaje ha contratado su suministro con otro (suministrador, generador) y por lo tanto solo paga los costos de distribución.

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 ¿Mi medidor es el mismo como cliente regulado que como cliente libre?

No, al pasar a ser un Coordinado del Sistema Eléctrico Nacional (cliente libre), se debe cumplir con la Norma Técnica de Transferencias Económicas, siendo necesario un equipo de medida que cumpla con dicha normativa. El nuevo medidor es proporcionado y cambiado por CGE, sin costo para el cliente.

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¿Cómo funciona la hora punta en los clientes de libre de CGE?

La hora punta del sistema eléctrico comprende entre los periodos de abril y septiembre entre los horarios de 18.00h a 22.00h, exceptuándose los días sábado, domingo y días festivos de dichos meses.

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Si actualmente tengo menos de 500 kW conectados, pero solicitado un aumento de potencia que sobrepasa los 500 kW ¿Puedo ser cliente libre?

Solo cuando dispongas de mas de 500 kW deberás enviar la carta de intención para que empiecen a correr los 12 meses para el cambio de régimen tarifario.

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¿Qué diferencia hay entre cliente libre CGE y cliente de peaje CGE?

Según la normativa vigente ambos son clientes libres, pero para CGE, Cliente libre CGE es el que ha contratado su suministro eléctrico con CGE, mientras que el cliente de peaje ha contratado su suministro con otro (suministrador, generador) y por lo tanto solo paga los costos de distribución (peajes).

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¿Si soy cliente libre con otro suministrador, por lo tanto, cliente de peaje CGE, la atención será distinta?

No, será igual a su atención actual como cliente regulado, de acuerdo con lo que estipula la normativa vigente.

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¿Cómo será mi factura de cliente de peaje?

Ejemplo con explicación de  consumos

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 ¿Mi medidor es el mismo como cliente regulado que como cliente libre?

No, al pasar a ser un coordinado del sistema eléctrico nacional (cliente libre), se debe cumplir con la Norma Técnica de Transferencias Económicas, siendo necesario un equipo de medida que cumpla con dicha normativa. El nuevo medidor es proporcionado y cambiado por CGE, sin costo para el cliente.

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¿Cómo funciona la hora punta en los clientes de peaje?

La hora punta del sistema eléctrico comprende entre los periodos de abril y septiembre entre los horarios de 18.00  a 22.00 horas, exceptuándose a solicitud del cliente, los días sábado, domingos y días festivos de dichos meses siempre y cuando y de ser necesario, el usuario asuma los costos de inversión correspondientes.

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